La Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino (ATFA) ha trabajado duramente con el objetivo de seguir profesionalizando el fútbol, tanto a nivel de divisiones menores como en el interior del país.
En este sentido, un paso fundamental fue conseguir que sólo puedan ejercer la profesión de Director Técnico aquellos que posean el título oficial emitido por ATFA, algo que apunta a jerarquizar la profesión y potenciar la salida laboral de los Entrenadores recibidos. De esta manera, se busca que aquellos DT en ejercicio que no tengan título apuesten a capacitarse y formarse de una manera integral, lo que dará por resultado un mejor fútbol y mejores condiciones laborales para los Entrenadores.

En este marco, la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), en conjunto con ATFA, dictaron una resolución que apunta a cumplir este objetivo. A través del despacho Nº 12.558 del 29 de mayo de 2020, la AFA representada por Javier Treuque -Secretario General del Consejo Federal del Fútbol- y por Pablo Ariel Toviggino -Presidente Ejecutivo del Consejo Federal del Fútbol- dispuso la nueva reglamentación sobre la obligación de que los Entrenadores deban tener título oficial emitido por ATFA.
A su vez, también se dispuso que los alumnos inscriptos en las Escuelas ATFA que estén en curso para obtener su certificación oficial, podrán dirigir provisoriamente hasta completar su formación. Esta medida apunta a que los directores técnicos amateurs que estén dirigiendo actualmente, puedan continuar en sus cargos mientras estén estudiando la carrera, lo que permitirá cuidar las fuentes de trabajo de los entrenadores.
Desde la ATFA, se está trabajando en potenciar las Escuelas de DT en todo el país y en actualizar permanentemente los contenidos. Se han abierto nuevas Escuelas y, además de la carrera de Entrenador de Fútbol, se busca comenzar a dictar las carreras de Entrenador de Futsal, Videoánalisis, Entrenador de Arqueros, entre otras.
Las Escuelas ATFA brindan una formación integral del futuro DT, con contenidos de preparación física, medicina del deporte, psicología del deporte, técnicas de expresión oral, reglamento y arbitraje, aspectos legales del fútbol, neurociencias, técnica, táctica y estrategia, entre otros.
A continuación, compartimos la resolución conjunta de AFA-ATFA:
DESPACHO Nº 12.558
Y VISTO:
La vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo Nº662/2013, suscripto entre la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino y la Asociación del Fútbol Argentino, que regula la actividad de los Directores de Fútbol de la República Argentina.
Y CONSIDERANDO:
Que es política de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) garantizar los derechos consagrados en los Convenios Colectivos de Trabajo suscripto por la institución.
Que, en tal sentido, y respecto a los directores técnicos, en el contexto de excepción causado por la Pandemia COVID-19, que obligó al Comité Ejecutivo de AFA a dictar Resolución que da por finalizados todas las competencias organizada por la institución, el Presidente Claudio Tapia suscribió con la Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino (ATFA) un acuerdo marco para prorrogar los contratos de directores técnicos que vencían el 31 de junio del corriente.
Que la celebración del mencionado acto resultó oportuna para que AFA, representada por su Presidente Sr. Claudio Tapia, y ATFA representado por su Apoderado, Sr. Salvador Pasini, asumieran el compromiso de garantizar la aplicación del art. 5º del CCT Nº662/2013 en todas las competencias organizada por AFA.
Que la mencionada norma dispone: “A partir de la fecha de la homologación del presente convenio ninguna persona podrá ejercer la profesión de director técnico en fútbol —sea ello en forma rentada o bien honoraria— sin haber realizado la carrera completa y poseer el correspondiente título habilitante oficial, extendido y/o reconocido por la “ATFA”, debidamente legalizado y registrado de acuerdo con las disposiciones de la reglamentación oficial de la misma o la que en lo sucesivo “AFA” pudiera dictar”.
Que en ese contexto, a los fines de reafirmar el compromiso del Presidente de AFA con la organización gremial, resulta necesario que el Consejo Federal del Fútbol Argentino adopte una medida tendiente a exigir el cumplimiento de la citada norma en el ámbito de las competencias por ella organizadas, ya sea el Torneo Federal A, el Torneo Regional Federal Amateur, y todas aquellas competencias de divisiones menores, futsal y fútbol femenino que se organicen en el ámbito de este organismo.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades conferidas en el Estatuto de AFA y el Reglamento del Consejo Federal del Fútbol Argentino, el Presidente Ejecutivo del Consejo Federal
RESUELVE:
Art. 1º: Disponer que respecto de todas las competencias que organiza el Consejo Federal del Fútbol Argentino, ninguna persona podrá ejercer la profesión de director técnico en fútbol —sea ello en forma rentada o bien honoraria— sin haber realizado la carrera completa y poseer el correspondiente título habilitante oficial, extendido y/o reconocido por la “ATFA”, debidamente legalizado y registrado, conforme lo dispuesto por el art. 5to. del CCT Nº662/2013.-
Art. 2do. Comuníquese, y oportunamente archívese.-
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de mayo de 2020